Las cajas tienen cerraduras con dos llaves diferentes, una llave maestra que queda en poder del banco y un juego de dos (2) llaves originales las cuales son entregadas al cliente.
El cliente debe tener conocimiento sobre las medidas que deben tomar para la custodia de sus llaves, ya que los gastos de reparación por extravío de la misma serán a su cargo.
La cerradura de cada caja está construida de tal forma que en ningún caso pueda ser abierta sin la presencia de ambas llaves, la del cliente y la del banco.
La caja no puede ser abierta más que por su arrendatario o en su defecto, por una persona autorizada mediante Carta Poder.
El arrendatario puede depositar en la caja todos los objetos que desee, salvo aquellos que por su constitución o naturaleza puedan ser nocivos para la salud o pudieran causar daños a personas o estructura física, o que en cualquier forma fuesen de uso prohibido por la Ley.